Comunicado a los clientes:
Según acuerdo del Consejo de Ministro y posterior publicación en el BOE, se suprime la compensación equitativa por copia privada prevista en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, con los límites establecidos en el artículo 31.2 de la misma Ley. http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/31/pdfs/BOE-A-2011-20638.pdf.
Esta modificación supone que desde el día 2 de enero deja de cobrarse el Canon digital, así pues queda anulado en todos los artículos.
A medida que tengamos más información al respecto la iremos comunicando.